En la Ciudad de México, el Reglamento de Tránsito establece sanciones para conductores que se estacionen en zonas prohibidas como banquetas, cruces peatonales o ciclovías, incluso si solo una parte del vehículo invade estos espacios, aplicando multas económicas y puntos a la licencia.
De acuerdo con el artículo 30 del reglamento de tránsito de la Ciudad de México, las infracciones por este motivo contemplan sanciones de entre 10 y 20 Unidades de Medida y Actualización, dependiendo de la gravedad de la falta cometida.
Esto equivale a un monto aproximado de hasta 2 mil 346 pesos, además de la asignación de tres puntos a la licencia de conducir, como parte de las medidas establecidas por la normativa vigente.
¿Esta medida afecta a Veracruz?
En Veracruz, también existen multas por estacionarse en lugares restringidos y la tarifa puede variar según el municipio donde sea efectiva la multa.
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