¿Cuándo depositan las pensiones del IMSS e ISSSTE?; consulta aquí

No olvides cobrar tu pensión del IMSS o ISSSTE te contamos todo para que no se te pase el depósito de tu pago, recuerda que se acerca la pensión...

Israel Pérez
Noticias
depositan las pensiones del IMSS e ISSSTE
Créditos: Redes Sociales

El deposito de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e i nstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) 2023, ya tienen fecha consulta para que no te quedes sin cobrar, de acuerdo con el calendario de depósitos de la Pensión IMSS 2023, no habrá adelanto de pagp del próximo mes, los pensionados se les reflejará en su cuenta la segunda mensualidad del año a partir de 01 d de febrero.

Las personas que en su caso sean beneficiarios y cobran mediante Afore o alguna aseguradora se encuentran sujetos a condiciones pago por esas instituciones, por lo que podrían estar cobrando unos días después, dependiendo cual sea el caso.

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Pensión IMSS e ISSSTE

De acuerdo con la Ley del Seguro Social de 1973, su mensualidad esté tasada en UMA (Unidad de Medidas Actualizada), por lo que las personas beneficiadas recibirán un aumento de 7.82% en su depósito de febrero.

Mientras que los pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tienen programado su pago del mes de febrero el martes 31 de enero 2023; quienes recibirán un aumento debido al salario mínimo que entró en vigor este 1 de enero; aunque las jubilaciones no tendrán el mismo aumento.

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¿Quién puede solicitar una pensión de Vejez

De acuerdo con el IMSS existen dos leyes de amparo para la vejez la 1997 y 1973 cada una de ella cuenta con sus requisitos

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Debe tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.

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