Encuentran cráneos humanos en aeropuerto tenían como destino E.E.U.U.

La Guardia Nacional informó el hallazgo de cuatro cráneos humanos en el Aeropuerto de Querétaro iban rumbo a Estados Unidos procedentes de Michoacán

Israel Pérez
Noticias
Encuentran cráneos humanos en aeropuerto
Créditos:Twitter/Guardia Nacional/@GN_MEXICO_

Encuentran cráneos humanos en paquetería esto en el aeropuerto de Querétaro tenían como destino Estados Unidos, dentro de un paquete misterioso fueron hallados cuatro cráneos.

Elementos de la Guardia Nacional encontraron los restos humanos cuando realizaban supervisión de paquetes para evitar tráfico de narcóticos, armas y entre otros objetos. La Guardia Nacional informó que los cráneos estaban en un paquete de mensajería en el Aeropuerto Intercontinental de Querétaro.

Los restos fueron encontrados debido al uso de rayos x, donde se visualizaron y fueron decomisados por parte de los elementos de seguridad, los cráneos humanos iban envueltos de papel aluminio y plástico.

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¿A dónde iban los cráneos?

Los restos humanos encontrados en el Aeropuerto de Querétaro eran procedentes del municipio de Apatzingán, Michoacán e iban a un domicilio en la ciudad de Manning, del estado de Carolina del Sur, en Estados Unidos, el paquete no contaba con documentación para sustentar su legalidad.

Posteriormente, el cuerpo de seguridad compartió mediante su comunicado de Prensa 517, informó que el artículo cuatro de la constitución es el responsable de reglamentar el traslado de restos humanos en la Ley de Salud.


“Artículo 350 bis 1. La internación y salida de cadáveres del territorio nacional sólo podrán realizarse mediante autorización de la Secretaría de Salud o por orden de la autoridad judicial o del Ministerio Público”

“En el caso del traslado de cadáveres entre entidades federativas se requerirá dar aviso a la autoridad sanitaria competente del lugar en donde se haya expedido el certificado de defunción.”

“Artículo 350 bis 3. Para la utilización de cadáveres o parte de ellos de personas conocidas, con fines de docencia e investigación, se requiere el consentimiento del disponente”

“Tratándose de cadáveres de personas desconocidas, las instituciones educativas podrán obtenerlos del Ministerio Público o de establecimientos de prestación de servicios de atención médica o de asistencia social. Para tales efectos, las instituciones educativas deberán dar aviso a la Secretaría de Salud, en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables.”

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